"DENTRO DE 20 AÑOS ESTAREMOS MÁS DECEPCIONADOS POR AQUELLO QUE NO HICIMOS QUE POR AQUELLO QUE HICIMOS MAL" Mark Twain.
domingo, 16 de junio de 2019
LAS EXPROPIACIONES RETRASAN EL INICIO DE LAS OBRAS PARA FRENAR LOS VERTIDOS DE FECALES EN LA ZONA NORTE
Existe
un tramo de costa desde Amerador hasta el linde con La Vila Joiosa
donde se asientan diversos grupos de viviendas en suelo urbano de
mediana densidad que no dispone de alcantarillado, a pesar de que las
vías principales de evacuación fueron proyectadas y construidas
hace ya más de ocho años, así como las estaciones de bombeo
inicialmente hacia una depuradora a medio construir en cota alta
cerca del paso de la AP-7 y que hoy se proyecta aliviar hacia la EDAR
de Mutxamel.
Pues
bien, dicha costa es abrupta, con perfiles de inclinación superiores
al 20% y, naturalmente, todas drenan al
mar en
recorridos muy cortos. Dado que las viviendas vierten las aguas
negras a pozos filtrantes en sus inmediaciones y el vaciado de los
mismos por parte de empresas especializadas no se hace o se realiza
muy esporádicamente, el sustrato subyacente (principalmente margas
intercaladas con paquetes de calizas) se embebe de una carga orgánica
apreciable, importante, que por simple gravedad y debido
a la inclinación del territorio viene drenando en continuo al mar,
a la profundidad que marquen los paquetes de caliza en cada caso a
final de microcuenca, es decir, precisamente en las calas.
CALA ALMADRABA
CALA BAEZA
Este
caso, nos preocupa a medio y largo plazo, ya
que se trata de un proceso que podríamos calificar de “invisible”
en el corto plazo, que los vecinos no aprecian a simple vista y que
sin embargo se está produciendo en tiempo continuo.
Urge,
pues, poner en marcha la aprobación del proyecto total de alcantarillado de la zona
norte de El Campello, desde
Amerador hasta el Barranc
d'Aigües,
para acabar con el drenaje de lixiviados que contienen una fuerte
carga de Nitrógeno y de Fósforo en su composición, las fosas
sépticas son un foco de contaminación.
La
ausencia de alcantarillado constituye una molestia pública, una
fuente de contaminación que atenta contra la salud pública, al
eliminar el sistema de fosas sépticas que son un foco de
contaminación mejorará la calidad de vida de los residentes de la
Coveta.
MUCHAVISTA UN INFIERNO EN SILLA DE RUEDAS
La
Corporación Local no ha promovido ni garantizado durante estos años,
a pesar de los requerimientos de las Asociaciones de Vecinos, el
derecho
de igualdad de oportunidades de todas las personas
(artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución española), existen
en el municipio “barreras”
que impiden la movilidad de personas con algún tipo de discapacidad
y de personas con movilidad reducida.
El Ayuntamiento de El Campello
tiene la obligación de articular políticas y programas que
garanticen el bienestar de todos los ciudadanos, y su autonomía
garantizando en el entorno urbano procesos de mejora de las
condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad y
movilidad reducida.
CALLE MÁLAGA
Que
las Asociaciones de Vecinos de Muchavista presentamos escrito con
número de registro 2017-E-RE-2375
ante el Ayuntamiento, en Mayo del año 2017, solicitando un Plan de
Mejora de los servicios públicos como el arreglo de las aceras de la
“ZENIA”.
El deterioro que sufren las aceras es consecuencia de la falta de
mantenimiento e inversión.
De
hecho en el año 2012, ante la falta de inversión, las Asociaciones
de Vecinos de Muchavista presentamos Queja ante el Síndic de Greuges
de la Comunidad Valenciana que recomendó:
“al
Ayuntamiento de El Campello que continúe adoptando las medidas
necesarias para lograr que la vía pública se mantenga limpia y en
adecuadas condiciones higiénico- sanitarias, y así mismo,
mejorando, conservando y manteniendo la infraestructura de la red
viaria de la urbanización Muchavista.
El
estado de las aceras obliga a los peatones a circular por la calzada,
zona
difícil para las personas con problemas de movilidad
reducida
URBANIZACIÓN ALBATROS
Que
las asociaciones de vecinos de Muchavista presentamos escritos con
número de referencia 2018-E-RE-8677,
2018-E-RE-3828
en diciembre y Junio del año 2018, indicando la urgencia de un plan
de accesibilidad y barreras arquitectónicas en la
“Urbanización
Los Albatros”,
para
paliar el deterioro de las aceras,
y
garantizar la accesibilidad para todos, los peatones y residentes de
la zona, para que puedan circular por las mismas con seguridad,
eliminando las “barreras”
que impiden la movilidad.
El
mal estado de las aceras puden provocar caídas, son aceras estrechas
con farolas de alumbrado público en mitad de la mismas que impiden
la circulación de una silla de ruedas o un carrito de bebe,
“barreras”
que dificultan el desarrollo de las actividades ciudadanas más
comunes como caminar por la calle.
AVENIDA FABRAQUER
Que
el 3 de Julio del año 2018 se presentó escrito con referencia
2018-E-RE-4676,
ante
el Ayuntamiento de El Campello,
en
el cual denunciamos la carencia de
la debida accesibilidad peatonal, en una zona muy transitada de la
Playa de Muchavista, concretamente
el tramo de la Avenida del Fabraquer entre el acceso al Liceo Francés
(camino de Marco) y el Centro Comercial Bitácoras, en la cual hay un
elevado tránsito de vehículos y peatones (residentes y de alumnos
del Liceo Francés).
En
dicho tramo, la fachada Norte de este tramo viario donde se encuentra
la reserva de aparcamiento en cordón no
se dispone de pavimento de acera alguno para
el tránsito peatonal ni para el acceso a los vehículos estacionados
colindantes, lo que comporta cierta peligrosidad para las familias
que aparcan en la zona para llevar y recoger a sus hijos del Liceo
Francés.
En
el otro lado de la vía (fachada Sur), la
acera no dispone del ancho normativo para ser considerado un
itinerario accesible (inferior a 1.80m),
el hormigón del pavimento está en muy mal estado y puede provocar
riesgo de caída, además las farolas de alumbrado público se
encuentran en mitad de la acera. La normativa de accesibilidad
peatonal tampoco
se cumple
en el paso de peatones semaforizado existente en la intersección de
la avenida del Fabraquer con el camino de Marco.
CALLE SAN RAMÓN
CALLE GRAN CANARIA
La Administración Local incumple las condiciones de
accesibilidad universal en los espacios públicos y debe garantizar a
los ciudadanos el acceso y el uso en igualdad de condiciones a
espacios urbanos del municipio.
CAMÍ REIAL DE LA VILA
JOISOSA
CALA LANUZA: UNA DÉCADA EN EL LIMBO
Un grave atentado ECOLÓGICO ha generado la no ejecución de los avales bancarios por el Consistorio en Cala Lanuza.
Los
vecinos comprobamos cada año como el agua de lluvia arrastra
“vertidos”,
depósitos de materiales, que provienen de restos de la obra
inacabada que están alrededor de la urbanización o de la zahorra,
desechos de obra, que utilizan los servicios de mantenimiento del
Ayuntamiento de El Campello para tapar surcos, zanjas y zanjones que
forma la fuerza del impacto del agua de lluvia sobre el terreno,
cubriendo dichos “vertidos”
la arena de la Cala.
En
a actualidad la arena de la playa ha despareciendo como consecuencia
de la escorrentía que durante las precipitaciones transporta las
piedras a la cala afectando
negativamente
a la cala.
Esta
obra inacabada próxima a la cala ha generado
un efecto perjudicial a la costa y al turismo por la inactividad de
la administración local,
que ha dejado transcurrir el tiempo sin ejecutar el
aval bancario
depositado
en el Ayuntamiento
como garantía de la ejecución de las obras de urbanización
complementarias a la Licencia de obra concedida en su día,
permitiendo que con los años se deteriore un entorno natural
privilegiado.
El
Ayuntamiento de El Campello se ha despreocupado
de las obras de urbanización, de comprobar su adecuada ejecución y
no ha mostrado interés en impulsar las obras de urbanización, esta
relajación ha permitido que no se ejecutaran adecuadamente en su
momento.
Entendemos
que existe un deber jurídico de actuar
por parte del ayuntamiento en interés general, mediante acciones
dirigidas a cumplir con los requisitos de calidad de vida, de
protección y mejora del medio ambiente, no existiendo causa de
fuerza mayor que impida el cumplimiento de este deber, la falta de
cumplimiento del deber legalmente previsto vulnera el Ordenamiento
jurídico.
En lo
que respecta a las competencias atribuidas al Ayuntamiento en materia
de playas y lugares públicos
de baño dispone la Ley 22/1988, de 28 de
julio, de Costas en su artículo 115:
Artículo 115. Las
competencias municipales
d) Mantener
las playas y lugares públicos de baño en las debidas
condiciones de limpieza, higiene y salubridad, así como vigilar la
observancia de las normas e instrucciones dictadas por la
Administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas
humanas.
Una urbanización sin alumbrado público, sin alcantarrillado público, sin terminar la urbanización se vende en ferias de turismos donde acuden miembros de la Corporación Local.
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