miércoles, 27 de julio de 2011

EVOLUCIÓN DEL VALOR CATASTRAL Y RECIBO DE CONTRIBUCIÓN EN EL CAMPELLO TRAS LA ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES


EVOLUCIÓN VALORES CATASTRALES EN EL CAMPELLO
PONENCIA APROBADA EN EL AÑO 2007

INTRODUCCIÓN

En el año 2007 se aprobó la Ponencia de Valores del Municipio de El Campello.
La actualización de los valores catastrales se realiza por el Catastro a instancia del Ayuntamiento. Es un procedimiento administrativo que divide el municipio en Polígonos Fiscales o Zonas Valor. En Campello se han aplicado los máximos valores para el suelo y construcción que permite la ley.

Cuando los valores catastrales del municipio no estaban actualizados para compensar el Ayuntamiento aplicaba el tipo de gravamen alto el 0,85%. Tras la actualización del valor catastral el tipo de gravamen se bajo al 0,75% y tras la presión de los vecinos se consiguió bajar al 0,70%.

Tipo de gravamen sigue siendo alto ya que los valores catastrales no son reales, están sobre valorados entre un 15% y un 40%. Los valores catastrales son valores inflados como consecuencia de la existencia de la burbuja inmobiliaria.

VIVIENDA DE LA PLAYA DE MUCHAVISTA

EVOLUCIÓN
2002
2008
Valor catastral
69.903 euros
270.787,75 euros
Valor suelo
4.480,64 euros
138.071,72 euros
Valor construcción
68.246,82 euros
132.716,43 euros


Incremento de un 380%

EVOLUCIÓN RECIBO DEL IBI 2006-2011                
AÑO
IMPORTE RECIBO IBI
TIPO DE GRAVAMEN
AUMENTO
2006
618,18
0,85

2007
630,55
0,85
12,55 euros
2008
703,82
0,75
73,27 euros
2009
891,89
0,75
188,07 euros
2010
1040,68
0,75
148,79 euros
2011
1123,34
0,7
83 euros

El recibo continuará subiendo cada año hasta el 2016

COMPETENCIA DEL AYUNTAMIENTO PARA BAJAR EL TIPO DE GRAVAMEN.


Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Artículo 72. Tipo de gravamen. Recargo por inmuebles urbanos de uso residencial desocupados con carácter permanente.

  1. El tipo de gravamen mínimo y supletorio será el 0,4 % cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 % cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, y el máximo será el 1,10 % para los urbanos y 0,90 % para los rústicos.

IMPUESTOS CON LOS QUE TIENE RELACIÓN EL VALOR CATASTRALES
SUBIDA CAMUFLADA DE IMPUESTOS.

1.- Plusvalía, ámbito municipal

2.- Transmisiones Patrimoniales, ámbito autonómico

3.- Sucesiones, ámbito autonómico

4.- IRPF, segunda vivienda, ámbito estatal.

También afecta a la solicitud de becas.


ABOGADO QUE HA TUMBADO LA PONENCIA DE JÁVEA, PEGO Y JEREZ DE LA FRONTERA.

Despacho de abogados Martín Qerarlt


OPCIONES DE LOS VECINOS:

1.- Recurrir ante el TSJ, solo pueden recurrir  los vecinos que esten pendiente de resolución ante el TEAR, los vecinos que localicen errores y rectifiquen el valor catastral, los vecinos de obra nueva que no se les haya notificado el valor catastral.

2.- Actos de protesta y plantar cara al ayuntamiento.


Toda la información en:


Correo electrónico:
ibi_campello@yahoo.es

No hay comentarios:

Publicar un comentario