domingo, 17 de diciembre de 2017

VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES EN CALA BAEZA: INACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN

El 18 de abril del año 2016 se presentó escrito en el Ministerio de Agricultura y Alimentación y Medio Ambiente, Servicios Provinciales de Costas en Alicante, y  Confederación Hidrográfica del Júcar.

Tras las denuncias de los vecinos se confirma en los informes de Costas que existen vertidos de aguas residuales desde el año 2013 en Cala Baeza hasta la fecha, estos vertidos podrían conllevar un grave riesgo para la salud pública, debido a la posible existencia de microorganismos (bacterias y/o virus), la cala es muy concurrida en los meses de verano por familias.

Cada año el Ayuntamiento de El Campello paga sanciones (con el dinero de todos) por estos vertidos en la Cala sin que haya adoptado medidas para evitarlos.








El murete que canaliza las aguas “depuradas” hacia el mar que tiene filtraciones se encuentra en diversas zonas de afección de la Ley de Costas (Dominio público – linea verde, servidumbre de tránsito – linea verde/linea rosa y servidumbre de protección-resto) por lo que al ser el responsable del vertido el Ayuntamiento de El Campello debe ser éste el que realice esta actuación de reparación con autorización del Servicio Provincial de Costas (Ministerio) y/o Costas de la Generalitat.


PETICIÓN REALIZADA POR LAS ASOCIACIONES
 DE VECINOS  EN EL MES DE OCTUBRE 
AL AYUNTAMIENTO DE EL CAMPELLO


1.- En base al principio de cautela o prevención adoptar medidas de vigilancia, inspección, y control necesarios ante el deterioro de la calidad de las aguas de baño en Cala Baeza por los vertidos de aguas residuales, revisando el colector y comprobando si hay vertidos a la superficie.

2.- La adopción de medidas urgentes de corrección, seguridad o control e inversión en infraestructuras para el tratamiento y depuración de aguas residuales que impidan los vertidos de aguas residuales a Cala Baeza, estas mediadas deben llevarse a cabo con la mayor celeridad, en cumplimiento del principio de eficacia que debe de regir en la actuación de la administración pública conforme al artículo 103 de la CE.

3.- Que justifique la calidad del vertido al barranco de las aguas “depuradas” por la depuradora del barranco de la Solana según los informes de control de vertidos a realizar por la empresa gestora de dicha instalación “DAM Depuración Aguas Mediterráneo” y confirmar si cumplen los parámetros de calidad autorizados por la Confederación Hidrográfica del Júcar, dando traslado a esta parte de los informes.

4.-Solicito en base al principio de acceso a la información medio ambiental (Ley 27/2006, de 18 de julio por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente), y principio de transparencia (Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno) información de las medidas de prevención, vigilancia y corrección adoptadas, informes y resultados del control.

5.- Solicito la coordinación, cooperación y colaboración de las diferentes administraciones públicas con competencia para dar una solución definitiva a los vertidos de aguas residuales en Cala Baeza.

El Ayuntamiento de El Campello tiene la obligación de actuar, analizar el problema y poner definitivamente una solución a los vertidos de aguas residuales en Cala Baeza, ya que estos vertidos son un riesgo para el medio ambiente y pueden pontencialmente afectar adversamente a la salud de las personas que se bañan en esta cala.















No hay comentarios:

Publicar un comentario